ESPEJISMOS DE AUMENTOS A
DOCENTES EN LA REFORMA MAGISTERIAL
La socióloga Patricia Salas el
16 de noviembre declara que “El aumento inmediato de sueldos que se otorgará a todos los maestros del
país una vez aprobada en el Congreso de la República la Ley de Reforma
Magisterial (LRM) será del orden de los 100 a 500 nuevos soles y se hará
efectivo desde el primer día del próximo año”, hasta donde es la verdad y donde empiezan las falacias.
Para empezar lo del aumento
inmediato no es tan cierto porque en la misma declaración establece como fecha
el 1° de enero 2013 para iniciar los pagos, en cuanto a los incrementos vamos a
recurrir a la información del MINEDU las cuales nos van a permitir aclarar las
cosas teniendo en cuenta que sus datos de lo que gana un maestro de la ley del
profesorado son inexactos, para empezar analizaremos el caso de los docentes de
secundaria que son los más afectados remunerativamente:
Docentes de 24 horas (Educación Secundaria)
REGIMEN
LABORAL
|
REMUNERACIÓN
ACTUAL
|
PROYECTO
DE LRM
|
|||||||
NIVEL
|
JORNADA DE TRABAJO
|
CANTIDAD DE DOCENTES
|
REMUNE
RACIÓN
|
ESCALA
|
RIM
|
Com
pensa
ción
|
INCREMENTO
|
||
LEY DEL PROFESORADO
|
V
|
24
h
|
673
|
1,245
|
II
|
1,368
|
|
123
|
|
IV
|
24
h
|
2,734
|
1,228
|
II
|
1,368
|
|
140
|
||
III
|
24
h
|
12,344
|
1,210
|
I
|
1,244
|
66
|
100
|
||
II
|
24
h
|
41,403
|
1,195
|
I
|
1,244
|
51
|
100
|
||
I
|
24
h
|
8,025
|
1,184
|
I
|
1,244
|
40
|
100
|
||
|
TOTAL
|
65,179
|
|
El 33.3% de los profesores de la Ley del
Profesorado para ser incorporados abusivamente a un nuevo régimen laboral se
les incrementara entre 100 y 123 nuevos soles mensuales o sea 3,3 nuevos soles
diarios, como dirían los jóvenes no alcanza ni para los pasajes. Según la
Primera Disposición Complementaria del Proyecto de LRM norma que “Los profesores percibirán un incremento,
que no será de condición permanente y no menor al 8,1% del valor de la RIM inicial, a la que se refiere el
artículo 57º de la presente Ley. El
Poder Ejecutivo, en la oportunidad que establezca el valor de la RIM, determina las
características, condiciones y plazo de vigencia de este incremento”, esto
significa que la compensación que es la diferencia que ha resultado de dicho
incremento pasa a ser una compensación extraordinaria, sin carácter remunerativo
ni pensionable, tampoco se considera base de cálculo para la CTS. Asimismo no
se sabe aún en cuanto variaría el RIM en el futuro, el RIM del primer nivel no
es sostenible y mucho menos genera derechos la compensación que han asignado.
Algunos maestros que están en
la Ley previsional 20530 decepcionados del CEN del SUTEP por la traición a la
lucha magisterial, han comenzado a decir que se dé la ley para ganar mayor
pensión y CTS, veamos en base al cálculo que pasará: Generalmente estos docentes
están hoy en el IV y V nivel magisterial que de ser pasados a la LRM estarían
en la II escala magisterial siendo su RIM 1,368 nuevos soles, si la pensión ascenderá
al 65% del RIM significa que al cesar su pensión estaría en S/. 889,20 nuevos
soles, algo parecido reciben hoy en día los docentes que cesan en la 20530. En
cuanto a la Compensación por Tiempo de servicios en el Art. 63° del proyecto de
LRN dice “El
profesor recibe una compensación por tiempo de servicios, la que se otorga al
momento de su cese a razón de catorce por ciento (14%) de su RIM, por año o
fracción mayor a seis (6) meses de servicios oficiales, hasta por un máximo de
30 años de servicios”, lo
que significaría en el mejor de los casos es S/. 191,52 nuevos soles por año de
servicios y generalmente estos docentes tienen ya más de 30 años de servicios,
siendo este el tope para el calculo vamos a multiplicar el 14% por 30 años y su
CTS sería en total sería de S/. 5745,60 nuevos soles.
Si bien es cierto el CTS
será mayor, pero la pensión seguirá igual, este el maltrato que se da a los
maestros y maestras que brindaron su juventud y adultez al servicio de la
nación, condenarles a la indigencia al termino de su vida laboral. Por eso esta
reforma es un instrumento del neoliberalismo para castigar y humillar al
magisterio nacional, de nosotros depende si nos dejamos avasallar. Organicémonos
para recuperar la combatividad del sindicato y vuelva ser una herramienta de
lucha del magisterio y tenga un carácter de autentico frente único, sin
partidarismos y al servicio del magisterio y la educación nacional.
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL
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