domingo, 25 de noviembre de 2012

CONGRESISTAS QUE VOTARON A POR DE LA LEY DE CONTRAREFORMA MAGISTERIAL


CONGRESISTAS QUE VOTARON A POR DE LA LEY DE CONTRAREFORMA MAGISTERIAL
El magisterio y la colectividad nos han venido consultando y pidiendo la relación de los congresistas que han votado a favor de la Ley de Reforma Magisterial, que ha causado tanto malestar e incomodidad a la mayoría del magisterio nacional, por lo que en aras de la transparencia, presentamos la lista completa de quienes votaron por el SI en el Pleno Ordinario del 22 de noviembre de 2012 a las 1:11 a.m., maestros y maestras lean y juzguen a sus congresista


GANA PERÚ
1. Jaime Delgado (Lima)
2. Ana Solórzano (Arequipa)
3. Omar Chehade (Lima)
4. Marisol Espinoza (Piura)
5. Cenaida Uribe (Lima)
6. Sergio Tejada (Lima)
7. Manuel Zerillo (Lima Provincias)
8. Tomás Zamudio (Arequipa)
9. Cristóbal Llatas (Cajamarca)
10. Rogelio Canches (Callao)
11. Eduardo Nayap (Amazonas)
12. Fredy Otárola (Ancash)
13. Julia Teves (Cusco)
14. Agustín Molina (Cusco)
15. Leonidas Huayama (Piura)
16. Edmundo Angulo (La Libertad)
17. Martín Rivas (Lambayeque)
18. Wilder Ruiz (Lima Provincias)
19. Rubén Condori (Puno)
20. Claudia Coari (Puno)
21. César Yrupailla (San Martín)
22. Natalie Condori (Tacna)
23. Juan Pari (Tacna)
24. Teófilo Gamarra (Ucayali)
25. Hugo Carrillo (Huancavelica)
26. Josué Gutiérrez (Huánuco)
27. Ana Jara (Ica)
28. Jhony Cárdenas (Junín)
29. Doris Oseda (Junín)
30. Jhon Reynaga (Apurímac)
30. Víctor Isla (Loreto)
31. Eulogio Romero (Madre de Dios)
Fuerza 2011
32. Julio Rosas (Lima)
33. Luz Salgado (Lima)
34. Ángel Neyra (Lima)
35. Karla Schaefer (Lima)
36. Ramón Kobashigawa (La Libertad)
37. José Elías (Ica)
38. Víctor Grandez (Loreto)
39. Aurelia Tan (Lima Provincias)
40. Aldo Bardalez (San Martín)

Perú Posible
41. Fernando Andrade (Lima)
42, Daniel Mora (Callao)
43. María Omonte (Huánuco)
44. Norman Lewis (Loreto)

Alianza por el Gran Cambio
45. Humberto Lay (Lima)
46. Alberto Beingolea (Lima)
47. Luis Ibérico (Lima)

Solidaridad Nacional
48. José Luna (Lima)
49. Esther Capuñay (Lima)
50. Virgilio Acuña (Lambayeque)

APRA
51. Javier Velásquez (Lambayeque)

jueves, 22 de noviembre de 2012

CONGRESO APROBO LA LEY DE CONTRAREFORMA MAGISTERIAL


CONGRESO APROBO LA LEY DE CONTRAREFORMA MAGISTERIAL

El pleno del Congreso de la República aprobó en la madruga del día 22 de noviembre de 2012 el proyecto de Ley mal llamado de reforma, que deroga la Ley del Profesorado flexibilizando los derechos laborales de los docentes de la educación pública en el país.

En total 78 congresistas participaron hasta el final del Pleno siendo la primera votación, la Ley de Reforma Magisterial tuvo el voto a favor de 51 legisladores, 13 en contra y 14 abstenciones. La aprobación se dio minutos después de la 1:20 a.m.

La sesión del pleno encabezada por el presidente del Legislativo, Víctor Isla, votó por la dispensa de la segunda votación con 39 votos a favor, 27 en contra y 12 abstenciones.

El proyecto de autoría de los asesores de la Ministra de Educación que inicialmente se denominaba “Ley Unificada”, posteriormente en el marco de huelga del SUTEP de junio cambio de nombre a “Ley de Desarrollo Docente”, al llegar a la Presidencia del Consejo de Ministros asumió el nombre de Ley de Reforma Magisterial. En el debate en la Comisión de Educación surge el Texto Sustitutorio, el cual fue sustentado por el presidente ex - Gral. Daniel Mora Zevallos.

La propuesta afectará en sus derechos adquiridos a 195 mil 759 docentes y establece ocho escalas magisteriales que impedirán a que los docentes de la Laye del Profesorado lleguen a la máxima escala magisterial, al haber sido degradados a la I y II escala magisterial.

Los legisladores pretenden hacer creer que por primera ves el ingreso a la carrera magisterial será por concurso público nada más falso el ingreso a la carrera pública es por concursos, engañaran al pueblo pero al magisterio no.

La evaluación de desempeño se convierte en una herramienta para los despidos, desnaturalizando así la esencia correctiva de la evaluación y para mejorar los procesos educativos. En otras palabras se instituye la evaluación de carácter punitivo.

Las sanciones, serán el otro mecanismo por el cual se va a despedir, hostilizar y amedrentar a los maestros, ya que esta facultad va estar en manos de los directores de UGEL y DRE quienes tienen facultades de suspender sin goce haber a los docentes sin derecho al debido proceso administrativo, con ello la venganza y el abuso contra los maestros se institucionaliza con causales subjetivas y ambiguas consideradas como faltas.

Se abre las puertas a que cualquier persona con oficio reconocido sea contratado como docente en educación secundaria, todo ello es una afrenta a los 240 mil docentes titulados sin trabajo y a los más de 300 mil titulados nombrados

Saludamos al congresista Yonhy Lescano Ancieta, quien sustentó un dictamen en minoría en defensa de los derechos magisteriales consagrados en la Ley del profesorado, al considerar que esta ley afectaría los derechos laborales y remunerativos de los docentes.

En cuanto se publique el texto completo haremos un análisis más especializado e institucional del CPPe.
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL

domingo, 18 de noviembre de 2012

CON LA REFORMA MAGISTERIAL, SE BUSCA HUMILLAR AL MAGISTERIO

CON LA REFORMA MAGISTERIAL, SE BUSCA HUMILLAR AL MAGISTERIO
Siempre los gobernantes nos dice que hay que respetar el derecho de los demás, pero no se trata solo respetar el derecho de los demás, sino también que debe respetarse los derechos propios. La garantía de la convivencia armoniosa es que nos respetemos los unos a los otros, sin diferencia de ninguna índole, preservando el principio laboral que a igual función, igual empleados igual remuneración.
Pero el gobierno, que tiene por función la de tutelar el cumplimiento de las leyes, es el primero en vulnerarlas, promueve la división del magisterio, para así fácilmente imponer sus leyes neoliberales. Por eso en el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial en su primera disposición transitoria han establecido el mecanismo de humillación al desconocerle el tiempo de servicio y el nivel de carrea magisterial alcanzado.
La primera disposición complementaria, transitoria y final, dice "Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley Nº 24029 comprendidos en los niveles magisteriales I, II y III son ubicados en la Primera Escala Magisterial, y los del IV y V nivel magisterial son ubicados en la Segunda Escala Magisterial a que se refiere la presente Ley. La citada ubicación, no implica una rebaja de categoría, ni disminución en la remuneración del profesor". Tamaña mentira si no es rebaja porque no a todos se les ubica en las misma condiciones, no crean que por el hecho de cambiar el nombre de nivel magisterial a escala magisterial, el concepto sea diferente. No es así, o piensan que el magisterio no razona, reflexiona y analiza. Lo que está haciendo Patria Salas, Ollanta, Castilla y los congresista es degradar al magisterio para humillarle y así posteriormente someterle al chantaje.
La historia ha demostrado que toda ley que genera desigualdades, injusticias y privilegios, terminan en el fracaso, pero al neoliberalismo no les interesa nada lo real que esta reforma magisterial le va generar menor "gasto" educativo y la vez impondrían por fin la inestabilidad laboral magisterio y como cortina de humo para justificar todo el legalicidio sería el falso rebrote del senderismo, que lo han magnificado para ligarlo a la lucha magisterial y de esa manera pretextar la no solución a las reclamaciones del magisterio. Así mismo se percibe que el gobierno está creando el ambiente para imponer un gobierno más autoritario que reeditaría la década de la narco dictadura fujimorista.
Dentro de su proyecto personal de Ollanta, para el FMI y BM le es funcional y útil para defender los intereses de las transnacionales e inversionistas chilenos, por ello es necesario un magisterio dividido, egocéntrico, desligado del desarrollo colectivo de la sociedad y sobre todo domesticado fiel aplicador del modelo neoliberal en las aulas, generando ciudadanos ajenos al desarrollo nacional y sin conciencia de soberanía para defiendan la biodiversidad nacional y sus recusos naturales.
 
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL

ESPEJISMOS DE AUMENTOS A DOCENTES EN LA REFORMA MAGISTERIAL


ESPEJISMOS DE AUMENTOS A DOCENTES EN LA REFORMA MAGISTERIAL

La socióloga Patricia Salas el 16 de noviembre declara que El aumento inmediato de sueldos que se otorgará a todos los maestros del país una vez aprobada en el Congreso de la República la Ley de Reforma Magisterial (LRM) será del orden de los 100 a 500 nuevos soles y se hará efectivo desde el primer día del próximo año”, hasta donde es la verdad y donde empiezan las falacias.

Para empezar lo del aumento inmediato no es tan cierto porque en la misma declaración establece como fecha el 1° de enero 2013 para iniciar los pagos, en cuanto a los incrementos vamos a recurrir a la información del MINEDU las cuales nos van a permitir aclarar las cosas teniendo en cuenta que sus datos de lo que gana un maestro de la ley del profesorado son inexactos, para empezar analizaremos el caso de los docentes de secundaria que son los más afectados remunerativamente:

Docentes de 24 horas (Educación Secundaria)

REGIMEN LABORAL
REMUNERACIÓN ACTUAL
PROYECTO DE LRM
 
NIVEL
JORNADA DE TRABAJO
CANTIDAD DE DOCENTES
REMUNE
RACIÓN
ESCALA
RIM
Com
pensa
ción
INCREMENTO
LEY DEL PROFESORADO
V
24 h
673
1,245
II
1,368
 
123
 
IV
24 h
2,734
1,228
II
1,368
 
140
 
III
24 h
12,344
1,210
I
1,244
66
100
 
II
24 h
41,403
1,195
I
1,244
51
100
 
I
24 h
8,025
1,184
I
1,244
40
100
 
 
TOTAL
65,179
 
 

 

 El 33.3% de los profesores de la Ley del Profesorado para ser incorporados abusivamente a un nuevo régimen laboral se les incrementara entre 100 y 123 nuevos soles mensuales o sea 3,3 nuevos soles diarios, como dirían los jóvenes no alcanza ni para los pasajes. Según la Primera Disposición Complementaria del Proyecto de LRM norma que “Los profesores percibirán un incremento, que no será de condición permanente y no menor al 8,1% del valor de  la RIM inicial, a la que se refiere el artículo 57º de la presente Ley.  El Poder Ejecutivo, en la oportunidad que   establezca el valor de la RIM, determina las características, condiciones y plazo de vigencia de este incremento”, esto significa que la compensación que es la diferencia que ha resultado de dicho incremento pasa a ser una compensación extraordinaria, sin carácter remunerativo ni pensionable, tampoco se considera base de cálculo para la CTS. Asimismo no se sabe aún en cuanto variaría el RIM en el futuro, el RIM del primer nivel no es sostenible y mucho menos genera derechos la compensación que han asignado.

Algunos maestros que están en la Ley previsional 20530 decepcionados del CEN del SUTEP por la traición a la lucha magisterial, han comenzado a decir que se dé la ley para ganar mayor pensión y CTS, veamos en base al cálculo que pasará: Generalmente estos docentes están hoy en el IV y V nivel magisterial que de ser pasados a la LRM estarían en la II escala magisterial siendo su RIM 1,368 nuevos soles, si la pensión ascenderá al 65% del RIM significa que al cesar su pensión estaría en S/. 889,20 nuevos soles, algo parecido reciben hoy en día los docentes que cesan en la 20530. En cuanto a la Compensación por Tiempo de servicios en el Art. 63° del proyecto de LRN dice El profesor recibe una  compensación  por tiempo de servicios, la que se otorga al momento de su cese a razón de catorce por ciento (14%) de su RIM, por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios oficiales, hasta por un máximo de 30 años de servicios”, lo que significaría en el mejor de los casos es S/. 191,52 nuevos soles por año de servicios y generalmente estos docentes tienen ya más de 30 años de servicios, siendo este el tope para el calculo vamos a multiplicar el 14% por 30 años y su CTS sería en total sería de S/. 5745,60 nuevos soles.

Si bien es cierto el CTS será mayor, pero la pensión seguirá igual, este el maltrato que se da a los maestros y maestras que brindaron su juventud y adultez al servicio de la nación, condenarles a la indigencia al termino de su vida laboral. Por eso esta reforma es un instrumento del neoliberalismo para castigar y humillar al magisterio nacional, de nosotros depende si nos dejamos avasallar. Organicémonos para recuperar la combatividad del sindicato y vuelva ser una herramienta de lucha del magisterio y tenga un carácter de autentico frente único, sin partidarismos y al servicio del magisterio y la educación nacional.  
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL SIGUE MINUSVALORANDO LA ESCUELA PÚBLICA


LEY DE REFORMA MAGISTERIAL SIGUE MINUSVALORANDO LA ESCUELA PÚBLICA

La socióloga Patricia Salas “ministra invisible” y sus asesores promueven la ley de reforma magisterial como lo mejor que van hacer por la educación y en especial para la escuela pública, hasta donde es cierto tamañas afirmaciones que paradójicamente a la fecha vemos que lo que dicen estos funcionarios se contradice con lo que hacen.

El MINEDU afirma que “promueve e impulsa un servicio educativo de calidad y eficiencia que contribuya a la formación integral del estudiante, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la práctica de valores democráticos y el pleno respeto de los derechos humanos. Así como orientar a las autoridades educativas y a la comunidad educativa para que la toma de decisiones se realice en función de la mejora de la calidad del servicio educativo”, nadie se va oponer a esta aspiración, pero que es lo que se hace en el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial en su Art. 76° sobre las contrataciones establece “Excepcionalmente, pueden ejercer la docencia bajo la modalidad de contrato, en el nivel secundario de educación básica regular y educación técnica productiva, profesionales de otras disciplinas y personas con experiencia práctica reconocida en áreas afines a su especialidad u oficio”.

Estamos en la supuesta era de la competitividad, buscamos la calidad y excelencia educativa, queremos que la formación integral de la persona sea altamente científica para que nuestro país pueda apropiarse del conocimiento mundial, tenemos a más de 240 mil docentes titulados sin puesto de trabajo, es en el nivel de educación secundaria en donde se registran mayormente los casos de excedencia de personal docente, es en este nivel donde debemos reforzar las aspiraciones vocacionales profesionales de nuestros estudiantes, etc.

Al establecerse que “cualquier persona con experiencia práctica … u oficio puede ser contratado”, estamos retroalimentando un injusto sistema educativo tradicional que no promueve el desarrollo nacional, debido a que por somos un país primario exportador de productos minerales y agropecuarios, y no teniendo industria y tecnología desarrollada, las clases dominantes han organizado un modelo educativo que sólo entregue egresados sin mayores aspiraciones profesionales y que se inserten al mundo laboral como empleados u obreros o sea mano de obra barata para las grandes tiendas chilenas o servis que hoy proliferan en el país. Esto explica porque cada año la educación nacional no es debidamente financiada para el 2013 una vez más no su sobrepasaremos el 3% del PBI, como correlato el magisterio es mal pagado obligándole a tener que buscar otras formas de subsistencia para poder sobrevivir.

Los operadores del sistema neoliberal basan sus afirmaciones en que un técnico o un albañil ganan más que un profesional egresado de universidad, por lo tanto el éxito está en tener un “oficio” con un mínimo de conocimiento y no en ser un profesional con elevados conocimientos científicos. En otras palabras la Escuela Pública debe brindar un remedo de formación bastante superficial y conocimientos principalmente empíricos, sólo así se puede justificar que en pleno siglo XXI un estado este promoviendo que cualquier persona sea contratada como docente, así mismo permite evidenciar la poca valoración que hacen para los estudiantes y maestros de la escuela pública.

Para está reforma magisterial le es un estorbo el Colegio de Profesores del Perú, que vela porque la educación sea brindada por profesionales en la Educación que forman ciudadanos aplicando la ciencia de la pedagogía y didáctica en los procesos de enseñanza-aprendizaje, así lo establecen las leyes 25231 y 28198, al amparo del Art. 20° de la Constitución Política,  por lo tanto la educación es tarea de profesores y no de cualquier improvisado que puede enseñar si, pero enseña cualquier cosa.

Como peruanos debemos aspirar a ser un país moderno, desarrollado, autosuficiente industrial y tecnológicamente, para ello la educación tiene que formar ciudadanos con altos niveles de cientificidad que puedan apropiarse de la tecnología mundial para mejorar la calidad de vida de sus comunidades. No podemos seguir generando sólo mano de obra barata y ver como millones de peruanos continúan en la pobreza, indigencia y desempleados.
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL CPPe

viernes, 16 de noviembre de 2012

PROYECTO DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, ES LA LEY DE LOS DESPIDOS DE DIRECTIVOS Y JERÁRQUICOS


PROYECTO DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, ES LA LEY DE LOS DESPIDOS DE DIRECTIVOS Y JERÁRQUICOS

Definitivamente el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial ha sido concebido  como una herramienta que genere despidos y exclusiones al magisterio nacional, de allí que en su Artículo 23º se ha desnaturalizado el concepto de evaluación la cual se ha diseñado como el instrumento final del proceso educativo en el que se decidirá si un maestro esta apto para seguir laborando. En su Artículo 46º sobre Amonestación escrita y el Artículo 47º sobre la Suspensión da pleno poderes a los directores para sancionen a los docentes sin previo proceso administrativo, solo les otorga un “previo descargo al presunto responsable”. El Artículo 48º.sobre Cese temporal y el Art. Artículo 49º sobre Destitución, establecen ocho (8) causales por las que el profesor es retirado de la institución educativa en tanto estos no concluyan el proceso administrativo disciplinario, en otras palabras no hay derecho a la presunción de inocencia.

Las falacias que está ley promueve la meritocracia parece ya ha quedado claro que no es así, todo lo contrario tras el pretexto de unificar regímenes laborales y simplificar la planilla, han recortado y/o desaparecido derechos remunerativos, han generado marginación a la gran mayoría de maestros que ven como se les pretende desconocer su tiempo de servicio y nivel de carrera alcanzados.

Entre los planes de despido está el de despojar de sus cargos a todos los directivos y jerárquicos nombrados en el marco de la Ley Nº 26269 (Publicado el 1º de enero de 1994) que establece en su Art. 1° que “El período de gestión directiva tiene una duración de cinco años contados a partir de la expedición de la resolución de nombramiento. Vencido el plazo, el Director puede concursar nuevamente” posteriormente fue modificada con la Ley Nº 28718 (Publicado el martes 18 de abril de 2006) en la cual se estableció que “El periodo de gestión educativa es de tres años contados a partir de la expedición de la resolución de nombramiento. Vencido el plazo y cada tres años, el Director se somete a un proceso de evaluación para su ratificación”. En el Artículo 33º del Texto Sustitutorio en lo referente  al acceso a cargos y periodo de gestión, está estableciendo El profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de tres años. Al término del  período de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo o su retorno al cargo docente”.

Pero el problema para el MINEDU eran los directivos y jerárquicos que habían sido nombrados antes del año 1994, quienes sus cargos son de carrera y protegidos por la Ley, Para superar el inconveniente, entonces han insertado una modificatoria a la edad límite para ejercer la docencia al agregar el inciso “d” del Art. 53° que establece que  el límite de edad, al cumplir 65 años. Con esta disposición buscan deshacerse de un buen sector de Directores nombrados antes de 1994 y de docentes que pertenecen al régimen pensionario de la 20530 que a la fecha están laborando.

De está manera los actuales directivos y jerárquicos sus cargos pasaran a concurso sea cual sea el resultado de su desempeño (Esta afirmación fue hecha por el promotor de la reforma magisterial el Prof. Paiba)., o sea quedaran a la merced de las autoridades educativas una vez que se apruebe el proyecto de Ley de Reforma Magisterial. Además en la DÉCIMO SEXTA disposición complementaria establece que  “Deróguense las Leyes Nos. 24029, 25212, 26269, 28718, 29062 y 29762 y déjense sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley…”

Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL

jueves, 15 de noviembre de 2012

COMISIÓN DE EDUCACIÓN RECOMIENDA LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY MAGISTERIAL


COMISIÓN DE EDUCACIÓN RECOMIENDA LA APROBACIÓN DEL  PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY MAGISTERIAL

Ayer 14 de noviembre ha terminado de aprobarse el dictamen de la Ley de Reforma Magisterial, lo que ha quedado evidente durante el debate en la Comisión de Educación del Congreso de la República es que quien establece los limites y parámetros del debate ha sido el Ministro de Economía don Luis Castilla, quien ante un simulado intento de hacer más digerible la reforma magisterial propusieron algunas mejoras remunerativas, de inmediato el MEF acompañado de la Ministra “invisible” Srta. Patricia Salas fueron al Congreso a enmendar la plana a los congresistas y Castilla ordenó que no aceptaría ninguna variación al texto presentado por el Poder Ejecutivo, caso contrario observaría la Ley de Reforma y los congresistas en menos de lo que trono los dedos el MEF volvieron al texto anterior. Tenemos congresista que para legislar piden permiso y la venia del funcionario o mejor dicho del empleado del FMI y BM. Pues recordemos las palabras de la Primera Vicepresidenta Marisol Espinoza Cruz, quien declaro a la prensa que los últimos presidentes de la república no han nombrado a los ministros de economía, que esto, lo hacen los organismos multinacionales, una prueba más que somos colonia.

Que, contiene el Dictamen en su Texto Sustitutorio: cambia el régimen remunerativo del magisterio a través del RIM que supuestamente superará el problema de desorden remunerativo en las planillas actuales, lo real es que desaparece el derecho al 30% por preparación de clase y evaluación, con ello el estado evade cumplir con las sentencias judiciales que han logrado los maestros. Se sigue atentando con el derecho a la estabilidad laboral al establecerse que la evaluación es un mecanismo de despido y además al agregar a doce causales más de despido. El derecho al debido proceso y a la defensa es vulnerado al establecer que la autoridad inmediata superior te sanciona, pero para dorar la píldora agregan “previo descargo”, pero se sigue a merced de tu jefe inmediato superior. Se da un trato discriminatorio al magisterio que aún está en la Ley del profesorado al degradarlos a la I y II escalas magisteriales, etc.

Dicen que este proyecto de ley se sustenta en la meritocracía pero en todo el texto no se evidencia una verdadera propuesta significativa a promoverla por el contrario en lugar de asignarle una remuneración más por el perfeccionamiento profesional, solo establece una asignación por única vez.

En los próximos días será puesto en debate en el Pleno del Congreso de la República este proyecto de Reforma neoliberal que en esencia desprotege y humilla laboralmente a los maestros. Esperemos que el Pleno del Congreso se analice bien que esta ley en el fondo es anti magisterial y por lo tanto no debe ser aprobada.

Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL CPPe