martes, 16 de octubre de 2012

SUSTENTACIÓN DEL PROYECTO LEY 0856/2011-CP: “VIGENCIA DE LA LEY DEL PROFESORADO”


SUSTENTACIÓN DEL PROYECTO LEY 0856/2011-CP: “VIGENCIA DE LA LEY DEL PROFESORADO”

En el Proyecto de Ley Nº 0856-2011-CP proponemos “Restituir la plena vigencia de los artículos 48º, 51º y 52º de la Ley Nº 24029. Modificada por Ley Nº 25212”. La Ley del Profesorado fue promulgada en el año 1984 durante el gobierno democrático del Arq. Fernando Belaunde Terry, mandaba que los cálculos de los beneficios y bonificaciones del profesorado se realizan en base a la REMUNERACIÓN TOTAL e INTEGRAS. El presente proyecto de ley se hace debido a que con una norma de menor jerarquía, como es, el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM se ha desconocido lo que la Ley del Profesorado, al establecer una Remuneración Total Permanente (promedio S/: 65,00) y el calculo del 30% por preparación de clases y evaluación ascienda sólo S/. 18,00 nuevos soles, el tiempo de servicios y los subsidios por luto y gastos de sepelio asciendan sólo a S/. 130,00 nuevos soles. Por años los miles de maestras y maestras han litigado exigiendo justicia a los órganos administrativos y jurisdiccionales. El tribunal de SERVIR, poder judicial y el Tribunal Constitucional, les han dado la razón y hoy existen miles de sentencias consentidas en donde ordenan al Estado, a cumplir con la Ley del Profesorado y que pague lo que se esta adeudado al magisterio (30% por preparación de clases y evaluación, tiempo de servicios, subsidios por luto y sepelio) así como se actualice sus remuneraciones que asciende a no menos de S/. 360,00 nuevos soles mensuales por maestro, tiempo de servicio que legalmente como mínimo es S/. 2400,00 nuevos soles.

La gran mayoría de gobiernos regionales han emitido ordenanzas regionales restableciendo el derecho del magisterio en este tema, vienen pidiendo créditos suplementarios para pagar tal como la ley manda a los maestros, pero el gobierno central en lugar de restablecer el estado de derecho y cumplir con la ley y los mandatos judiciales, ha recurrido a dos estrategia evasivas, una a pagar a cuenta gotas con sumas indignantes que van de S/. 10,00 a S/ 30,00 mensuales a través del rubro judicial a los maestros que tienen sentencia judicial, cuando el pago debería ser automático tal como manda la ley; la otra es presentar el proyecto de Ley Nº 1388/2012-CP Ley de Reforma Magisterial en donde desaparece la bonificación del 30% preparación de clases y evaluación, y reduce las asignaciones de tiempo de servicio y subsidio por luto. Todas estas acciones del ejecutivo, para el magisterio han constituido burlas que lo indignan y que significan patear el tablero del estado de derecho. Negarse a pagar según ley y querer convencer que el 30% preparación de clases y evaluación ya esta en el aumento de 100,00 que se va dar con la nueva ley. Hasta un estudiante de primer grado de primaria sabe la diferencia que existe entre 100 nuevos soles y 350 nuevos soles. Creemos que los congresistas ya han reparado de esta acción nada ética de parte de los autores del ilegal proyecto de ley del MINEDU con aval del MEF

El Congreso de la República por mandato constitucional  ha establecido en el numeral 2 del Art. 102º a la letra dice “Velar por el respeto de la constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores”, en tal sentido está demostrado que la Ley del Profesorado ha sido sistemáticamente vulnerada, las remuneraciones de ley de los profesores siguen siendo recortadas, no se puede seguir consintiendo o permitiendo que tales actos contra la ley y el estado de derecho continúen; y lo agravante en este caso, es que el propio poder ejecutivo, sea quien atente contra el estado de derecho que debiera defender.

Por todo eso recurrimos al Poder Legislativo representado en ustedes señores congresistas para que por la facultad que les otorga la Constitución, haga respetar las Ley del Profesorado Nº 24029 y su modificatoria Ley N° 25212, y dispongan se cumpla con ella y por ende con los mandatos del Poder Judicial. No seria ético querer aprobar una nueva ley mientras no se cumpla con las ya existentes. De ustedes señores congresistas de la república depende que la ciudadanía y en especial el magisterio recobre la confianza en sus organismos tutelares o más bien de todo lo contrario. No se debe esperar a que todos los peruanos cumpliendo nuestro deber ciudadano establecido en la Constitución Política hagamos cumplir las leyes y su ordenamiento jurídico (Art. 38º).

 Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL CPPe

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