COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ
El Consejo Nacional de Decanos
del Colegio de Profesores del Perú, en su sesión extraordinaria del 25 y 26 de
agosto del año dos mil doce, la Orden Profesional
está comprometida con el desarrollo del país, en su ideario por afirmar el auténtico sentido
de la profesión docente y con plena
representación, reconoce que se debe establecer un marco normativo único y
mejorado que regule la Carrera Pública del Profesorado, preservando y ampliando
los derechos adquiridos, estableciéndose una remuneración justa, que promueva
la permanente especialización y perfeccionamiento, así como reconozca los
méritos del docente en igualdad de oportunidades, generando mejora en su
calidad de vida, y por ende, repercuta en mejores aprendizajes.
Con la responsabilidad que
caracteriza a la Orden Profesional y
efectuado el análisis de la coyuntura política nacional y educativa es que nos
pronunciamos respecto al Presupuesto de la República para el año 2013 y sobre el
Proyecto de Ley de Reforma Magisterial consideramos necesario presentar al Congreso
de la República, a los profesionales de la educación y a la opinión pública las
observaciones siguientes:
1.
La educación
es un derecho de todo peruano y peruana, por lo que no se puede seguir
asignándosele magros presupuestos, como el que se pretende asignar para el año
2013 que apenas llega al 3% del PBI, incumpliendo así el Art. 83º de la Ley
General de Educación Nº 28044 que ordena a que el Estado debe asignar no menos
del 6% del PBI para educación, desde año 2003 esto es letra muerta. Por lo que
exigimos al gobierno y al MEF que cumplan con la Ley y se asigne el 6% del PBI
para educación y se acabe con la marginación y la exclusión a la educación
nacional.
2.
Toda reforma debe suponer mejora para promover
un autentico desarrollo profesional del magisterio y la educación, pero del
análisis realizado podemos resumir que el proyecto de ley presentado por el
ejecutivo es todo lo contrario o sea nos encontramos ante una contrarreforma
que se expresa en lo siguiente:
a) El proyecto de reforma, no establece con claridad la
responsabilidad del Estado y de la sociedad para con la educación nacional, así
mismo evade asignar la responsabilidad del gobierno en la formación inicial de
los docentes, delegándola a la centros de formación magisterial pública o
privada.
b) El Proyecto no incorpora en
el texto la participación de la Orden Profesional en los procesos de evaluación
del desempeño, más aún si la ley del SINEACE, precisa la obligatoriedad de la
orden de certificar las competencias profesionales. Obvia la obligatoriedad de
la habilitación del CPPe para el ejercicio de la profesión.
c) Imprecisiones respecto a los beneficios remunerativos, estímulos reconocimientos
a los docentes de las zonas rurales y de frontera, postergando a futuros
decretos del MEF, el desconocer el 30% por preparación de clases y evaluación
que ha debido incrementar las remuneraciones de los docentes dado por Ley y
ordenados por mandatos de los tribunales de SERVIR, judicial y Constitucional,
y que el estado se niega a pagar. Si la escala remunerativa responde al mérito
y a las condiciones de desempeño, no puede entonces estar sujeta a criterios
del MINEDU y del MEF, tal como precisa el proyecto de LRM.
d) Coincidimos plenamente en la cautela de los derechos de los estudiantes a recibir una
educación de calidad desde la intervención de los docentes. La educación es una convergencia de factores que determinan
los niveles de calidad de los procesos y
resultados y la responsabilidad del éxito o fracaso de la dinámica escolar,
está depositada en los docentes, pero la
mayor responsabilidad de generar las condiciones más adecuadas para el éxito
educativo lo tiene el Estado que debe mejorar la calidad de vida de los hogares
peruanos y que los estudiantes lleguen a las aulas debidamente alimentados para
que aprendan más.
e) El acto de reconocer los méritos al docente constituyen parte de la
motivación positiva, pero recortar estos derechos a asignaciones por única vez
en lugar de apoyar la superación magisterial la entraba. Reiteramos que todo
incentivo remunerativo al docente debe ser de por vida y pensionable.
f) Las causales de sanciones administrativas o cese definitivo producto
del no cumplimiento de deberes y obligaciones, debe ser como resultado de un debido proceso administrativo, en donde se
ejerza el derecho a la defensa y se garantice la presunción de inocencia hasta
que se demuestre lo contrario, tal como lo establece la Constitución
Política y la Ley N° 27444, no se puede crear un ambiente de hostilización y
persecución al profesional de la educación.
g) Los ocho niveles de desarrollo magisterial que contempla el proyecto
o el cambio de nombre en el proyecto sustitutorio, reduce en la práctica las
posibilidades de ascenso del profesional, y profundiza las brechas de una
estructura piramidal que fija porcentajes y vacantes limitadas (basado en un
criterio de racionalidad del gasto) para el ascenso. Se debe promover concursos
extraordinarios anuales para que el docente ascienda de inmediato por su buen
desempeño, grados académicos obtenidos, producción intelectual o investigación
educativa, no se puede congelar al profesional de la educación a esperar a la
vejez para alcanzar el máximo nivel y la mayor remuneración.
h) Programa de formación continua descentralizada con rectoría y
asistencia técnica del Ministerio de Educación, ágil, flexible con
entidades/profesionales solventes, que responda a las demandas de formación del profesorado y al desarrollo de
las regiones.
i) La evaluación debe ser carácter formativo, a través de la cual se
acompaña al docente en sus desempeños en el aula, y en forma permanente se va
superando sus debilidades y se potencia sus capacidades profesionales, por lo
que se debe quitar todo criterio sancionatorio o disciplinario a la evaluación
porque no serviría de nada para mejorar la calidad de educación. Por ello
rechazamos las evaluaciones punitivas que busquen despedir maestros o
reconvertirlos laboralmente.
3°. Ante esta situación el CPPe se reafirma en su Proyecto de Ley N°
0856-2011-CP que pide la Plena Vigencia de los artículos 48°; 51° y 52° de la
Ley del Profesorado, así mismo hemos presentado un proyecto N° 01469-2012-CP en
el que pedimos el mejoramiento de la Ley del Profesorado en lo referido a su
Carrera Pública. Llamamos al Presidente de la comisión de educación a escuchar
la opinión especializada del CPPe y no adelantar opiniones nada democráticas
como que se va aprobar el Proyecto de Ley del Ejecutivo con algunos agregados
que alcance el magisterio.
El viernes 21 de setiembre hemos
hecho la primera presentación del CPPe ante la Comisión de Educación del
Congreso de la República y para el viernes 05 de octubre tendremos la segunda
presentación en donde estamos defendiendo la vigencia de la Ley del Profesorado.
Lima, 25 de setimebre de 2012
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL
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