sábado, 29 de septiembre de 2012

PRONUNCIAMIENTO DEL CPPe


PRONUNCIAMIENTO

COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ

El Consejo Nacional de Decanos del Colegio de Profesores del Perú, en su sesión extraordinaria del 25 y 26 de agosto del año dos mil doce,  la Orden Profesional está comprometida con el desarrollo del país,  en su ideario por afirmar el auténtico sentido de la profesión  docente y con plena representación, reconoce que se debe establecer un marco normativo único y mejorado que regule la Carrera Pública del Profesorado, preservando y ampliando los derechos adquiridos, estableciéndose una remuneración justa, que promueva la permanente especialización y perfeccionamiento, así como reconozca los méritos del docente en igualdad de oportunidades, generando mejora en su calidad de vida, y por ende, repercuta en mejores aprendizajes. 

Con la responsabilidad que caracteriza a la Orden  Profesional y efectuado el análisis de la coyuntura política nacional y educativa es que nos pronunciamos respecto al Presupuesto de la República para el año 2013 y sobre el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial consideramos necesario presentar al Congreso de la República, a los profesionales de la educación y a la opinión pública las observaciones siguientes:

1.       La educación es un derecho de todo peruano y peruana, por lo que no se puede seguir asignándosele magros presupuestos, como el que se pretende asignar para el año 2013 que apenas llega al 3% del PBI, incumpliendo así el Art. 83º de la Ley General de Educación Nº 28044 que ordena a que el Estado debe asignar no menos del 6% del PBI para educación, desde año 2003 esto es letra muerta. Por lo que exigimos al gobierno y al MEF que cumplan con la Ley y se asigne el 6% del PBI para educación y se acabe con la marginación y la exclusión a la educación nacional.

2.       Toda reforma debe suponer mejora para promover un autentico desarrollo profesional del magisterio y la educación, pero del análisis realizado podemos resumir que el proyecto de ley presentado por el ejecutivo es todo lo contrario o sea nos encontramos ante una contrarreforma que se expresa en lo siguiente:

a) El proyecto de reforma, no establece con claridad la responsabilidad del Estado y de la sociedad para con la educación nacional, así mismo evade asignar la responsabilidad del gobierno en la formación inicial de los docentes, delegándola a la centros de formación magisterial pública o privada.

b) El Proyecto no incorpora  en el texto la participación de la Orden Profesional en los procesos de evaluación del desempeño, más aún si la ley del SINEACE, precisa la obligatoriedad de la orden de certificar las competencias profesionales. Obvia la obligatoriedad de la habilitación del CPPe para el ejercicio de la profesión.

c) Imprecisiones respecto a los beneficios remunerativos, estímulos reconocimientos a los docentes de las zonas rurales y de frontera, postergando a futuros decretos del MEF, el desconocer el 30% por preparación de clases y evaluación que ha debido incrementar las remuneraciones de los docentes dado por Ley y ordenados por mandatos de los tribunales de SERVIR, judicial y Constitucional, y que el estado se niega a pagar. Si la escala remunerativa responde al mérito y a las condiciones de desempeño, no puede entonces estar sujeta a criterios del MINEDU y del MEF, tal como precisa el proyecto de LRM.

d) Coincidimos plenamente en la cautela de los  derechos de los estudiantes a recibir una educación de calidad desde la intervención de los docentes.  La educación  es una convergencia de factores que determinan los niveles de calidad de los  procesos y resultados y la responsabilidad del éxito o fracaso de la dinámica escolar, está  depositada en los docentes, pero la mayor responsabilidad de generar las condiciones más adecuadas para el éxito educativo lo tiene el Estado que debe mejorar la calidad de vida de los hogares peruanos y que los estudiantes lleguen a las aulas debidamente alimentados para que aprendan más.

e) El acto de reconocer los méritos al docente constituyen parte de la motivación positiva, pero recortar estos derechos a asignaciones por única vez en lugar de apoyar la superación magisterial la entraba. Reiteramos que todo incentivo remunerativo al docente debe ser de por vida y pensionable.

f) Las causales de sanciones administrativas o cese definitivo producto del no cumplimiento de deberes y obligaciones, debe ser como resultado de un debido proceso administrativo, en donde se ejerza el derecho a la defensa y se garantice la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario, tal como lo establece la Constitución Política y la Ley N° 27444, no se puede crear un ambiente de hostilización y persecución al profesional de la educación.

g) Los ocho niveles de desarrollo magisterial que contempla el proyecto o el cambio de nombre en el proyecto sustitutorio, reduce en la práctica las posibilidades de ascenso del profesional, y profundiza las brechas de una estructura piramidal que fija porcentajes y vacantes limitadas (basado en un criterio de racionalidad del gasto) para el ascenso. Se debe promover concursos extraordinarios anuales para que el docente ascienda de inmediato por su buen desempeño, grados académicos obtenidos, producción intelectual o investigación educativa, no se puede congelar al profesional de la educación a esperar a la vejez para alcanzar el máximo nivel y la mayor remuneración. 

h) Programa de formación continua descentralizada con rectoría y asistencia técnica del Ministerio de Educación, ágil, flexible con entidades/profesionales solventes, que responda a las demandas de   formación del profesorado y al desarrollo de las regiones.

i) La evaluación debe ser carácter formativo, a través de la cual se acompaña al docente en sus desempeños en el aula, y en forma permanente se va superando sus debilidades y se potencia sus capacidades profesionales, por lo que se debe quitar todo criterio sancionatorio o disciplinario a la evaluación porque no serviría de nada para mejorar la calidad de educación. Por ello rechazamos las evaluaciones punitivas que busquen despedir maestros o reconvertirlos laboralmente.

3°. Ante esta situación el CPPe se reafirma en su Proyecto de Ley N° 0856-2011-CP que pide la Plena Vigencia de los artículos 48°; 51° y 52° de la Ley del Profesorado, así mismo hemos presentado un proyecto N° 01469-2012-CP en el que pedimos el mejoramiento de la Ley del Profesorado en lo referido a su Carrera Pública. Llamamos al Presidente de la comisión de educación a escuchar la opinión especializada del CPPe y no adelantar opiniones nada democráticas como que se va aprobar el Proyecto de Ley del Ejecutivo con algunos agregados que alcance el magisterio.  

El viernes 21 de setiembre hemos hecho la primera presentación del CPPe ante la Comisión de Educación del Congreso de la República y para el viernes 05 de octubre tendremos la segunda presentación en donde estamos defendiendo la vigencia de la Ley del Profesorado.

Lima, 25 de setimebre de 2012
Angel Agustin Salazar Piscoya
DECANO NACIONAL

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